El Abc del reparto de utilidades

Los trabajadores deben informarse sobre las actividades de la empresa para saber si les corresponde esta prestación

MIGUEL Á. MORALES | MÁS POR MÁS

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27 Mayo 2012

  • El Abc del reparto de utilidades

Casi todos los trabajadores en México tienen derecho a recibir el reparto de utilidades en las empresas donde laboran,  comunicó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Quienes gozan de este derecho son los que están al servicio de un patrón de manera subordinada y reciben un salario.

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Asesorías relacionadas con este derecho que se atendieron de enero a diciembre de 2011.

Las compañías (personas morales) tienen hasta el 30 de mayo para realizar el pago de esta prestación a sus empleados.

Pero si los trabajadores tienen un patrón registrado como persona física, se deberá repartir antes del 29 de junio.

En caso de que no se realice este pago, los empleados deben acercarse a las autoridades correspondientes para realizar el reclamo.

Para esto existe la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje; el empleado debe buscar la oficina más cercana, donde podrá presentar su queja.

Se cuenta también con la asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo, donde el trabajador puede acercarse y contar con el apoyo de un abogado sin costo alguno.

El monto que corresponde a cada trabajador se calcula tomando 10% de las utilidades que haya tenido la empresa, días laborados y salarios percibidos.

Quienes no reciben este bono son los directores, administradores y gerentes generales de empresas, socios o accionistas eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda este derecho.

Para acceder a los servicios, la Profedet cuenta con la línea telefónica 01 80-0911-7877, el correo electrónico quejasprofedet@stps.gob.mx y el portal profedet.gob.mx

Las oficinas centrales se encuentran en Doctor Vértiz 211, Doctores , delegación Cuauhtémoc.

Empresas que no pagan

Compañías que son de nueva creación.

Empresas que lleven un año de funcionamiento.

FUENTE: Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo del DF

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