Desde 2017, ya no es necesario permanecer un año casados para tramitar un divorcio, el cual se puede solicitar incluso instantes después de la boda. Arte, Michel Laris.

Desde 2017, ya no es necesario permanecer un año casados para tramitar un divorcio, el cual se puede solicitar incluso instantes después de la boda. Arte, Michel Laris.

19 de febrero 2017
Por: Tatiana Maillard

Divorcios instantáneos

A partir de 2017, un divorcio se puede tramitar, incluso, instantes después de que ocurrió la boda y sin que la pareja tenga que durar un año

A partir de 2017, la disolución de un matrimonio se puede tramitar, incluso, minutos después de que ocurrió la boda.

ARTE: MICHEL LARIS

A partir del 3 de febrero, cualquiera de los integrantes de un matrimonio puede solicitar el divorcio sin tener que cumplir el plazo forzoso de un año. Esto permitirá que, ya sea de común acuerdo o a pesar de la negativa de una de las partes, se pueda iniciar el trámite incluso horas después de haberse realizado el matrimonio.

Ya en 2008 se había reformado el Código Civil y previamente el divorcio se podía desarrollar por dos vías: voluntario, donde ambas partes aceptaban de común acuerdo, y el divorcio necesario, donde una de las partes lo solicitaba argumentando una o varias de las causales que ya se tenían previstas en la ley.

Pero desde hace nueve años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó las causales y, con ello, el concepto de divorcio necesario. Se estableció entonces el divorcio sin expresión de causa, conocido también como incausado. Para ello bastaba con que una de las partes quisiera separarse. Sin embargo, existía una limitante: para tramitarlo, la pareja debía cumplir, al menos, un año de matrimonio.

Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fue una de las impulsoras del divorcio sin expresión de causa.

“No tenía ningún sentido tener tantas causales. Además, eran utilizadas por los abogados de manera deformada: entrevistamos a personas que estaban tramitando un divorcio y nos comentaban que los hechos que relataba el expediente no habían ocurrido de esa manera. Pero se exageraban”, dice la especialista.

De acuerdo con la judicatura, establecer el cumplimiento de este periodo violaba el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad y no respetaba la autonomía de una o ambas partes de decidir voluntariamente disolver su unión.

“La importancia de este cambio es el énfasis que se hace en los temas de la dignidad y la libertad: ninguno de los dos queda amarrado a la voluntad del otro”, explica Bonifaz.

Perspectiva de género

El 29 de diciembre de 1914, bajo la presidencia de Venustiano Carranza, se promulgó la ley del divorcio en México, que permitía la disolución del vínculo matrimonial. Un asunto novedoso, pues hasta ese momento sólo se contemplaba la “separación de cuerpos”, establecida durante el mandato de Benito Juárez.

“El gobierno juarista tuvo la visión de establecer en la ley que, si dos personas no pueden vivir juntas, se separaran, así fuera únicamente de manera corporal”, explica la doctora en Derecho y quien fuera Consejera Jurídica de la ciudad.

En 1914, Venustiano Carranza decretó la disolución del vínculo matrimonial bajo ciertas causales. Leticia Bonifaz considera que esta decisión pudo haber sido impulsada por Hermila Galindo, pionera del feminismo mexicano y secretaria particular de Venustiano Carranza.

“No está documentado que exista una liga entre esta acción de Carranza y el feminismo de Hermila, pero hay indicios: para empezar, Hermila estaba al tanto de las conquistas del feminismo en otros países. Por otro lado, el mismo año que se establece el divorcio, en México se celebró el primer congreso feminista”, recuerda Leticia Bonifaz.

Casi 94 años después, la promulgación en 2008 del divorcio sin expresión de causa se realizó con perspectiva de género.

“Nos dimos cuenta de que el 90% de las personas que asistía a las defensorías de oficio para tramitar el divorcio eran mujeres que padecían violencia y carecían de los medios económicos para solventar un juicio largo—explica—. Con el divorcio sin expresión de causa se simplificó el trámite, y se permitía resolver otras cuestiones (custodia de hijos y pensión alimentaria) por la vía incidental”.

Decisión tomada

Ahora que la ley permite iniciar el trámite del divorcio en cualquier momento, ya sea meses, días, horas o minutos después del enlace, ¿es posible que la decisión de una persona de disolver su matrimonio responda a un arranque?

Leticia Bonifaz niega con la cabeza y sostiene que: “En general, las personas que piensan divorciarse están completamente seguras de su decisión”.

Por el contrario, considera una ventaja que, en casos de violencia o cualquier otro agravante, el divorcio ocurra de inmediato. “Esperar a que pase más tiempo es mantener una situación que ya no se desea. El derecho aboga por la libertad de los individuos. Un acta matrimonial no puede estar por encima de su voluntad”.

El año pasado, en la Ciudad de México, 26 mil 620 parejas tramitaron demandas para disolver su vínculo matrimonial, 24 de ellas correspondieron a parejas del mismo sexo, de acuerdo con datos del departamento de Estadística del Tribunal Superior de Justicia de la capital.

En divorcios heterosexuales capitalinos, 40.3% fueron solicitados por hombres, 58% por mujeres y sólo en 1.7% de los casos la disolución matrimonial fue consensual.

En cifras:

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