ILUSTRACIÓN: ISABEL SALMONES

¿Cómo es adoptar en México?

Por: Redacción

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La adopción es un derecho. Aquí exploramos los aspectos más fundamentales

Por Miriam Castillo*

Uno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es vivir en una familia. Según la Convención de los Derechos del Niño, la familia es la mejor estructura en la que un menor puede crecer. Cuando unx niñx no tiene la posibilidad de estar a cargo de una familia porque sus papás murieron y no hay otro familiar que pueda hacerse cargo, porque la familia perdió la patria potestad por situaciones de abuso o violencia o por abandono, el Estado tiene la obligación de cuidarlx y velar por sus derechos.

“Es un proceso largo, pero necesario. No estamos tratando con cosas menores aquí, es la vida de los niños y su desarrollo”, dijo Beatriz Rojas, directora del DIF CDMX en entrevista con Chilango.

Dentro de los trámites, hay dos puntos muy importantes que necesitan cumplirse para que lxs menores puedan ser susceptibles de adopción. Primero, necesita haber una familia que tenga un certificado de idoneidad para adopción. Es decir, que el DIF revisa y hace pruebas largas y a conciencia para saber si las familias son aptas para recibir a lxs menores. El otro trámite es que lxs niñxs necesitan tener un documento legal que compruebe que las autoridades intentaron por todos los medios encontrar a su familia de origen y no fue posible dar con ella.

¿Quién puede adoptar?

Pueden hacerlo lxs adultxs que reúnan una serie de requisitos. Para empezar pueden ser personas solteras que tengan más de 25 años. La ley no da preferencia a ningún género, puede ser hombre o mujer. También pueden adoptar parejas casadas con más de dos años de matrimonio o parejas en concubinato que demuestren que tienen una relación ininterrumpida de dos años.

Más allá de eso, ni la ley ni el DIF CDMX marcan una distinción sobre el perfil de las personas que pueden adoptar. No se establecen requisitos religiosos. La ley dice que uno de los requisitos es que las familias tienen que demostrar “un modo de vida honesto, capacidad social y estable” y agrega más adelante que tiene que contar con valores y principios como: empatía, solidaridad, respeto, responsabilidad, seguridad, estabilidad, entre otros.

Las personas que están interesadas en llevar a cabo el proceso, deben entregar una serie de documentos para demostrar su identidad (credencial de elector, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, CURP…) y después una serie de papeles para argumentar por qué quieren adoptar.

Uno de los requisitos es presentar una carta de exposición de motivos, donde deben explicar por qué les gustaría darle una familia a una niña, niño o adolescente. Esto busca ubicar las motivaciones iniciales de quienes quieren ser papás o mamás. Después de esta parte del proceso, se cita a las personas a una plática de sensibilización. En esa sesión se habla acerca del proceso, qué puede esperarse de una adopción y cuáles son las posibilidades reales si se sigue con el trámite.

¿A quién se puede adoptar?

No todos lxs niñxs que están bajo el cuidado del DIF son susceptibles de adopción. Hay muchos casos en los que están de manera temporal en lo que su familia recibe algo de ayuda y terapia de rehabilitación o bien, pasan por un proceso legal. De lxs niñxs que se encuentran en el DIF y requieren de una familia para garantizar su derecho hay distintos casos legales.

El primer caso son lxs niñxs denominadxs expósitxs. Este caso se presenta cuando unx niñx es abandonadx sin ninguna pista de quiénes son sus papás o dónde se encuentra su familia. Esta situación puede presentarse en hospitales donde la madre dio un nombre falso o bien en estaciones de policía o bomberos que es donde se presentan también algunos casos. Aquí es cuando son susceptibles de adopción, porque no hay nadie que haya velado nunca por sus cuidados y no hay manera de contactar con algún familiar. Este trámite es relativamente corto, no hay procesos ni tiempos jurídicos que hagan que la situación se prolongue.

Otro tipo de situación jurídica son lxs niñxs que están en condición de abandono. Se sabe quién es el papá, la mamá y si hay algún familiar, pero los dejan en la agencia del Ministerio Público o en los hospitales y se van. En estos casos, se inicia una carpeta de investigación por el delito de abandono de persona y el agente del ministerio público avisa al DIF para que se le den cuidados a el o la menor.

“Este es un proceso más largo. Bastante más largo, porque ahí ya interviene el tribunal. Sabemos que la carga de trabajo de los juzgados familiares es extenuante, de verdad la carga de trabajo que tienen rebasa, no es humanamente posible atender tantas solicitudes”, explicó la subdirectora de atención a adopciones.

Se inicia el juicio de patria potestad, se demanda a ambos padres en caso de que los tengan, porque sabemos que hay niñxs que sólo están registrados por mamá o sólo por papá. Y aquí viene lo complejo: se demandan a lxs abuelxs maternxs y a lxs abuelxs paternxs. Es aquí donde la mayoría de los juicios tiene un retraso considerable.

El proceso puede ser largo y hay procedimientos que tienen que hacerse en otros estados porque ese es el lugar de residencia y las diligencias pueden tardar.

Es por eso que la administración actual del DIF busca hacer uso de una figura más sencilla que se llama certificado de abandono. Con este papel, lxs niñxs podrían acceder a una vía más rápida para determinar que no hay algún familiar que pueda hacerse cargo de ellxs y pueden acceder a que una familia lxs adopte.

La adopción es un proceso que busca restituir el derecho de un niño, niña o adolescente a vivir con una familia cuando por alguna razón la perdió, y la ley establece que se hagan todos los esfuerzos en el menor tiempo posible

  • De 1 a 5 años puede demorar el proceso de adopción completo, dependiendo de la vía legal
  • Lee la investigación completa en nuestra revista de mayo aquí

*Texto adaptado para Chilango Diario