EL ABC de la revocación de mandato en la Ciudad de México

Por: Redacción
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Fotografía y texto: Carlos Navarro

Las y los Alcaldes llegan a la mitad de su mandato y con ellos los ciudadanos tienen la oportunidad de retirarles la confianza, a través de un ejercicio organizado por el IECM, en caso de que se cumplan los requisitos.

Está por cumplirse la primera mitad de los nuevos gobiernos en las demarcaciones de la Ciudad de México y con ello se activa un mecanismo de democracia participativa que puede poner en riesgo la continuidad de las y los Alcaldes.

Se trata de la revocación de mandato, la cual permite, a través de un proceso que va desde la recolección de firmas hasta la votación final, retirarle la confianza al gobernante tras la insatisfacción en los primeros 18 meses de su administración.

El consejero electoral del Instituo Electoral de la Ciudad de México (IECM), Mauricio Huesca, detalló a Máspormás el A, B,C, de la revocación, que ya tiene en la mira a algunas demarcaciones territoriales.

A partir de abril y hasta agosto próximos, es decir, en cinco meses se tiene que llevar a cabo este proceso, porque en ese lapso ya se cumplió la mitad del mandato y no se interfiere con otro proceso electoral, que inicia en septiembre.

CN: ¿Qué se hace en este periodo?

MH: Son cinco meses nada más en los cuales podemos llevar a cabo el desahogo de todo, es decir, firmas de apoyo, revisión de firmas de apoyo, la garantía audiencia de las firmas de apoyo, en caso de que sea procedente, pues el dictamen que diga que es procedente de la convocatoria, el proceso de revocatoria de mandato, la capacitación, la instalación de mesas directivas de casillas, la jornada consultiva y los resultados en esos cinco meses.

CN: En resumen, ¿cuáles son los pasos?

MH: Los interesados en revocar a la autoridad deben recolectar el 10 por ciento de la lista nominal en un territorio en específico; después el organismo electoral, en coordinación con el Instituto Nacional Electoral, corrobora la autenticidad de las firmas.

El Consejo General analiza y en caso de ser procedente, da el visto bueno para que se lleve a cabo el ejercicio democrático.

Se hace la convocatoria para las votaciones y la elección se realiza en 70 días naturales después.

El día de los sufragios se requiere que al menos el 40% de la lista nominal participe y que el resultado cuente con el 60% o más de los votos a favor de la revocación de mandato en la respectiva demarcación, para proceder a la remoción.

CN: ¿Cuándo no aplica el proceso de revocación de mandato?

MH: No puede haber revocación de mandato o algún otro proceso de participación ciudadana, como presupuesto participativo, en proceso electoral

CN: ¿Hay ciudadanos que se acerquen con ustedes para que les informe sobre el proceso?

MH: A reserva de lo que digan en los medios, con nosotros, ya en concreto, se han acercado algunas personas de Miguel Hidalgo y otras de Xochimilco.

En promedio, ¿cuánto les costaría simplemente una revocación de mandato en una sola alcaldía

MH: En los cálculos preliminares que hemos estando haciendo, que todavía tenemos que sumarle unos cálculos más, estamos previendo que cada Alcaldía estaría costando a la Ciudad de México entre 12 y 15 millones de pesos, pero todo eso preliminar porque todavía estamos haciendo cálculos adicionales en lo que necesitaríamos.

CN: ¿Este tipo de ejercicios cómo abonan a la democracia de la Ciudad?

MH: Siempre y cuando sean ejercicios auténticos, me parece que son saludables para poder generar un esquema de rendición de cuentas y contrastar las propuestas de campaña que tienen los diferentes funcionarios públicos que son electos popularmente contra lo que están ofreciendo a la ciudadanía, la mitad de mandato, es una medida de castigo, que acompañada con la con el esquema de la reelección para el siguiente periodo son mecanismos que permiten generar condiciones de de transparencia, de rendición de cuentas, y que finalmente abonan a que la ciudadanía sea más participativas se inmiscuya con mayor profundidad en los asuntos públicos.

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