TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, 17JUNIO2021.- La comunidad LGTBTTIQ+ marchó esta tarde por las calles de la Zona Centro de Tijuana para celebrar el orgullo y que después de muchos intentos haya sido aprobado el matrimonio igualitario en Baja California. La marcha se realizó con incidentes menores.  FOTO: OMAR MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM

Matrimonio Igualitario, ¿desde cuándo es legal en la CDMX?

CDMX Ciudad

La diversidad es una de las características de la CDMX. Fotografía: Cuartoscuro

La diversidad es una de las características de la CDMX, catalogada como la primera ciudad en América Latina que reconoció el matrimonio igualitario. Una entidad dónde se trabaja por la inclusión y la diversidad.

¿Desde cuándo es legal el matrimonio igualitario en México?

El 4 de marzo del 2009 se convirtió en la primer urbe en América Latina en reconocer el matrimonio igualitario en su legislación civil. A partir de ese año más estados se han ido sumando a la CDMX, aquí los nombramos:

  • 2014: Coahuila
  • 2016: Colima, Campeche, Chiapas, Michoacán, Nayarit, Morelos
  • 2019: Baja California Sur, Hidalgo
  • 2020: Puebla
  • 2021: Baja California Norte, Sinaloa, Tlaxcala, Querétaro, Sonora y Zacatecas

De acuerdo al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) en la CDMX, se prohibe negar, excluir o distinguir el acceso o prestación del servicio a cualquier persona o colectivo social por su preferencia sexual 

Si buscas contraer matrimonio en la CDMX, estos son los requisitos:

  1. Presentar solicitud de matrimonio.
  2. Copia certificada del acta de nacimiento de los pretendientes.
  3. Convenio sobre el Régimen Patrimonial a que deberán sujetarse los bienes presentes y los que se adquieran durante el matrimonio.
  4. Comprobante del domicilio a nombre de los interesados.
  5. CURP
  6. Los comparecientes deberán presentar identificación oficial en original y fotocopia.
  7. Cuando uno o ambos pretendientes hayan sido casados con anterioridad, exhibirán copia certificada del Acta de Matrimonio con la inscripción del divorcio, o copia certificada del acta respectiva o copia certificada de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o nulidad de matrimonio y del auto que la declare firme. Para el caso de que alguno de los pretendientes sea viudo/a, deberá presentar copia certificada del Acta de Defunción correspondiente.
  8. La manifestación por escrito y bajo protesta de decir verdad, en caso de que alguno de los contrayentes haya concluido el proceso para la concordancia sexo-genérica establecido en la ley.
  9. Pago de derechos de conformidad al Código Financiero de la Ciudad de México.
  10. Llevar a cabo el curso prematrimonial.
  11. En caso de sociedad conyugal considerar capitulaciones matrimoniales.

En Chihuahua, Jalisco, Chiapas, Nuevo León y Aguascalientes también es posible que las parejas gay se casen; sin embargo, se trata de estados donde el matrimonio igualitario fue legalizado por una resolución de la Suprema Corte, gracias a una herramienta conocida como acción de inconstitucionalidad, no porque su congreso local haya reformado el código civil.