¿Cómo saber si tengo derecho a aguinaldo y cuándo lo pagarán? Aquí te decimos

Por: Alberto Rivera Meza
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El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que es una obligación de todos los patrones entregarlo a sus trabajadores

Diciembre es una de las mejores épocas del año, no sólo por las fiestas, los regalos, la comida o la bebida, también porque es el periodo en el que todos los trabajadores en México reciben su aguinaldo al que tienen derecho y a su vez, es la obligación del patrón entregarlo.

El otorgamiento de la prestación se establece en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: “Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo”.

También estipula que los empleados recibirán una parte proporcional sin importar si aún no cumplen con el año de servicio en su empresa o se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo.

Por tanto, es un derecho que corresponde a las personas trabajadoras, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial.

También son acreedores empleados con contratos eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores, entre otros que se rigen por la Ley Federal del Trabajo.

¿Y si no me entregan el aguinaldo?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recuerda que la ley establece como una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma, y en caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.

Si los trabajadores pasan por dicha situación, tienen un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo, en este caso, la Profedet, donde ofrecen servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica.

En la Ciudad de México, la oficina central de la Profeder está ubicada en Doctor José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.

Para otras entidades se puede consultar el enlace bit.ly/OFICINASPROFEDET, y conocer la ubicación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral local, además de la línea telefónica 800 911 7877 y 800 717 2942 y en WhatsApp: 55 14 84 87 37.

¿Cómo calcular mi aguinaldo?

Siguiendo la regla del Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo correspondiente por año se calcula multiplicando por 15 el salario base diario.

Es decir, si una persona gana 10 mil pesos mensuales, primero se divide esa cantidad entre 30 para conocer la percepción por día, para este ejemplo corresponde a 333.3 pesos.

Esa cantidad después se multiplica por 15 (333.3 por 15= 4 mil 999.5 pesos), lo que resulta es la cantidad a la que se tiene derecho por un año trabajado.