Prohibido, que trabajadorxs permanezcan de pie en jornada laboral

Por: Redacción
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El Senado de la República aprobó la llamada Ley Silla, que reforma la Ley Federal del Trabajo con el fin de establecer descansos periódicos y obligatorios para empleadxs

El Senado de la República aprobó la llamada Ley Silla, que modifica varios artículos de la Ley Federal del Trabajo con el fin de garantizar las condiciones adecuadas en los espacios de trabajo, pues establece el descanso periódico, obligatorio y la prohibición de la obligatoriedad de permanecer de pie en todos los centros de trabajo, “especialmente aquellos en la industria de la moda y tiendas departamentales donde las condiciones de precariedad laboral en ese aspecto son más acentuadas”, explicó el senador Napoleón Gómez Urrutia, durante la presentación del dictamen el martes pasado.

De acuerdo con la exposición del senador, el dictamen establece reformas a la Ley Federal del Trabajo reconociendo el número suficiente de sillas con respaldo a las personas trabajadoras de los sectores de servicio, comercio y análogos.

La modificación al artículo 133 prohíbe a las personas empleadoras a obligar a las y los trabajadores permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral, y en caso de que las funciones desempeñadas no puedan realizarse de ese modo, garantizar tiempos de descanso pertinentes y efectivos.

En caso de incumplir con esta obligación, la parte patronal será acreedora a una sanción de multa por el equivalente de 250 a 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Gómez Urrutia detalló que las fracciones de la LFT que serán reformadas que esta no han experimentado cambios desde 1970, “lo que representa un retraso de 53 años” en la actualización de esta materia. “En las últimas décadas hemos sido testigos de un deterioro persistente en las condiciones laborales afectando los salarios reales, prestaciones, seguridad social y servicios públicos.

La realidad desde el ámbito laboral plantea interrogantes sobre la vigencia práctica de estos derechos y los exhorta a seguir trabajando en pro de su cumplimiento cabal y de su ampliación para toda la clase trabajadora mexicana.

En esa línea, uno de los elementos que vulneran a las y los trabajadores de estos sectores es la falta de condiciones adecuadas en los espacios durante la jornada laboral, esto se manifiesta en la ausencia de asientos con respaldo para su uso, así como la injusta prohibición de sentarse durante el turno impuesta por muchos centros de trabajo.

Permanecer durante largas horas de pie en el entorno laboral conlleva serias consecuencias para la salud de los trabajadores. La exposición prolongada de esta posición estática ha sido asociada con diversos problemas de salud, desde la fatiga y dolores musculares hasta condiciones de mayor gravedad”.

Derecho al descanso

El Senado de la República aprobó por unanimidad esta reforma, con 82 votos, que modifica cinco artículos de la LFT. La propuesta está en línea con acciones tomadas en otros países, como Chile y Argentina, “en donde legislaciones similares han garantizado el derecho al descanso de las y los trabajadores”, dijo el senador Napoleón Gómez. La propuesta aún tendrá que ser discutida por la Cámara de Diputados, tras lo cual, entrará en vigor 180 días después de su publicación en el DOF.