¿Qué es el Formato Único de Inscripción? Esto dice el CDHCM

Por: Redacción
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La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), que encabeza Nashieli Ramírez, reconoce en la diferenciación de los formatos únicos propuestos en la iniciativa de Ley General de Operación de los Registros Civiles (de inscripción y de acta), una medida para hacer efectivo el derecho a la identidad de las personas, la cual no menoscaba el principio de seguridad jurídica, al tiempo que asegura la inscripción con datos relevantes para la generación de estadísticas que permitan el diseño de políticas públicas (adecuada en función del género) y que respeta el libre desarrollo de la personalidad e intimidad de las personas.

El Formato Único de Inscripción deberá contar con datos de identidad tales como nombre(s), apellidos, sexo y género, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, CURP y datos biométricos. Por su parte, el Formato Único de Actas no requiere de la categoría de sexo ni de datos biométricos.

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