Entra en vigor Ley homeoffice, ¿qué obligaciones nuevas tiene el patrón?

Por: Alberto Rivera Meza
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El objetivo, de acuerdo con el decreto que entró en vigor este 4 de diciembre, es establecer condiciones de seguridad y salud para los empleados en los lugares de trabajo

La llamada Ley homeoffice entró en vigor en México el pasado 4 de diciembre, con la cual se regula el trabajo en casa o a distancia, además de que establece diversas obligaciones para patrones y trabajadores.

El objetivo,de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, es “establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los lugares de trabajo en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral”.

Patrones

La nueva Norma Oficial Mexicana aplica en todos los centros de trabajo que cuenten con personal bajo esa modalidad, y obliga a los patrones a brindar las herramientas necesarias a sus empleados para el desempeño de sus funciones, además de pagar el monto proporcional del servicio de Internet y energía eléctrica que se consuma durante el desempeño de las labores.

En este apartado establece también que el empleador debe proporcionar:

a) Silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades a desarrollar.
b) Los insumos necesarios para su adecuado desempeño, como por ejemplo para el envío de la información vía digital, o impresión de ésta.
c) En su caso, los aditamentos que garanticen condiciones ergonómicas o posturales, del trabajador en su jornada laboral.

Los trabajadores a distancia deben recibir capacitación al menos una vez al año, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.

Vacaciones y licencias

Los empleados también tienen derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa después de concluir su horario de trabajo, y la empresa no debe solicitar tareas en periodos vacacionales o durante licencias por maternidad, adopción o tiempo de lactancia.

En este sentido, los derechos laborales entre quienes trabajan en casa y en oficina son los mismos, lo que incluye la sindicalización y la negociación colectiva.

En la norma también se establece la protección especial a quienes sufran o tengan riesgo de violencia en el hogar y reconoce el derecho de las mujeres en periodo lactante a tener períodos de descanso para alimentar al recién nacido o para llevar a cabo la extracción de leche.

Empleados

Los trabajadores en la modalidad homeoffice tienen la obligación de informar por escrito las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo, fuera del mismo, o como alternativa aplicar la lista de verificación sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar o lugares de trabajo para desempeñar sus actividades de teletrabajo.

También resguardar y conservar en buen estado los equipos (incluidos los de cómputo), materiales, útiles y mobiliario ergonómico que en su caso y de acuerdo con las necesidades de su puesto o actividad, proporcionados por el patrón.

La ley establece que es necesario que la persona empleada reporte por escrito y con anticipación cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal al lugar de trabajo previamente acordado, a fin de gestionar la comprobación del nuevo lugar de trabajo propuesto.