Licencia de paternidad ampliada

Por: Redacción
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El Congreso de la CDMX presentó una propuesta ante la Cámara de Diputados para que los permisos para padres por el nacimiento o adopción de infancias aumenten a 45 días

El Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en diciembre pasado un dictamen para reformar al Artículo 123, apartado A, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por medio de la cual se amplía el periodo de licencias por paternidad de cinco a 45 días hábiles con goce de sueldo para los hombres trabajadores, ante el nacimiento de o adopción de una infancia.

“Los hombres trabajadores disfrutarán de una licencia de paternidad con goce de sueldo hasta por cuarenta y cinco días naturales que podrán ser utilizados, desde una semana antes de la fecha que aproximadamente se fije para el nacimiento de su hija o hijo, o también en el caso de la adopción de un infante; debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo”, se plantea en la reforma presentada por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y de Igualdad de Género del Congreso capitalino.

Con esta iniciativa, que fue turnada a la Cámara de Diputados federal para su análisis, se busca erradicar estereotipos de género y prácticas que colocan a la mujer en desventaja en el plano laboral y profesional, además de permitir que el hombre pueda tener una paternidad responsable, con la corresponsabilidad debida en el cuidado de sus hijas e hijos, señalaron las legisladores y los legisladores en un comunicado.

También, agregaron, servirá para contribuir a que los varones tengan un mayor involucramiento y responsabilidad en los cuidados de la familia y las tareas de cuidado de hijas e hijos, y así no mermar la participación de las madres en el mercado laboral: “El instrumento legislativo aprobado considera que esta reforma favorece la equidad de género, la reducción de la brecha de desigualdad, la protección y garantía de los derechos humanos tanto de los niños como de los padres.

Así, se busca dotar de la misma oportunidad tanto a padres como madres de ejercer sus derechos y obligaciones respecto un menor recién nacido o adoptado, permite que el menor goce del cuidado de ambos y reduce la brecha ideológica de que únicamente corresponde a la madre permanecer al cuidado del hijo o hija”. “La igualdad se trata de esto, de construir junto con los compañeros”, expresó la diputada Ana Francis López Bayghen Patiño.

Sólo cinco días
El permiso de paternidad está garantizado en el Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se le define como una prestación que otorga días de descanso con goce de sueldo a padres de familia (que cotizan para el IMSS) por el nacimiento o adopción de un hijo o una hija. Hasta ahora, es una licencia de sólo cinco días, sin contar los días de descanso, que cuentan a partir del día del nacimiento o de llegada de le menor, y que debe ser tramitada ante Recursos Humanos de la empresa.