La Suprema Corte reconoce el derecho humano al cuidado

Por: Arlen Pimentel
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La Primera Sala de la SCJN también determinó que el Estado tiene un papel prioritario en la protección y garantía de este derecho, “pues los cuidados no deben recaer exclusivamente en las personas en lo individual”

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció recientemente que los cuidados son un bien fundamental y estableció que el derecho humano al cuidado implica que todas las personas, principalmente aquellas que requieren de cuidados intensos o extensos y/o especializados, como las personas mayores, con discapacidad y con alguna enfermedad crónica, tienen la oportunidad de acceder a ellos, sin que sea a costa de la salud, bienestar o plan de vida de quienes cuidan.


La Corte resolvió que conforme al texto de la Constitución General, tratados internacionales de los que México es parte, así como otros instrumentos de soft law, “todas las personas tienen el derecho humano a cuidar, a ser cuidadas y al autocuidado, y el Estado tiene un papel prioritario en su protección y garantía”.


No obstante, la magistrada y los magistrados determinaron que el derecho al cuidado también implica el derecho de las personas a no estar forzadas a cuidar por mandatos de género, lo que es una cuestión de justicia social a favor de mujeres y niñas, en quienes recaen preponderantemente las labores de cuidados.


La sala encargada de los asuntos en materia civil y penal, aclaró que no se puede obligar a las personas —en especial mujeres— “a permanecer casadas al amparo de este derecho, pues los cuidados no deben recaer exclusivamente en las personas en lo individual”.


En México se estiman 58.3 millones de personas susceptibles de recibir cuidados en los hogares, cifra que se conforma por personas con discapacidad o dependientes; población infantil (cero a cinco años); niñas, niños y adolescentes (cinco a 17 años); personas adultas mayores (60 años y más). Del total de estas personas, 64.5 % los recibe por parte de una persona de su hogar o de otro hogar, de acuerdo con la Encuesta Nacional del Sistema de Cuidados (Enasic 2022), elaborada por el INEGI.


“La Primera Sala destacó la necesidad de adoptar medidas para que los cuidados no recaigan de forma desproporcionada en las familias, y particularmente en las mujeres y las niñas, sino contar con la posibilidad de delegar los cuidados y que estos sean proporcionados por otros sectores de la sociedad, entre los que destaca el Estado, en condiciones dignas y de calidad, sin que ello dependa de factores socioeconómicos”.

La Enasic 2022 concluye que el grupo con la mayor cobertura de cuidados fueron las y los infantes de hasta cinco años, con 99%. El segundo lugar lo ocupan las y los menores de seis a 11 años (93%), seguidos por las y los adolescentes de 12 a 17 años (65.9 %), las personas con discapacidad o dependencia (61.5 %) y las personas adultas mayores (22.4 %). Son las mujeres quienes dedican más tiempo, casi una jornada laboral, al cuidado de otras personas.