Así se logró la despenalización del aborto en México

Por: Redacción
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Mediante una estrategia de presentación de amparos ante la suprema corte, en los que impugnan el sistema jurídico que criminaliza el aborto, grupos y colectivas encabezadas por el GIRE lograron esta victoria

Una estrategia jurídica nacional encabezada por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que consiste en presentar amparos para eliminar el delito de aborto voluntario (autoprocurado y consentido) en los códigos penales del país, obtuvo sus primeros frutos con la despenalización federal de la interrupción del embarazo, luego de que la Suprema Corte concedió un amparo en contra del Congreso de la Unión y del Poder Ejecutivo federal por haber emitido una regulación que criminaliza este procedimiento.

“La criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio”, sostuvo la Primera Sala de la Corte en la resolución aprobada por mayoría de tres votos, en la que concluyó que “el sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional por ser contrario al derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar”.

De acuerdo con el Observatorio de Mortalidad Materna en México, que procesa los datos emitidos por la Secretaría de Salud federal, en lo que va del 2023 se han registrado 356 muertes maternas, siendo el aborto la tercera causa de los decesos; mientras que las cifras federales sobre la realización de abortos en el país, de acuerdo con el GIRE, “son inexistentes”, por lo que estos datos provienen de organizaciones sociales o civiles como Telefem, que en 2021 contabilizó 6 mil 700 muertes de mujeres por abortos inseguros en el país.

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INCONSTITUCIONAL CONCEBIR EL ABORTO COMO UN DELITO

La SCJN resolvió que incluso aquellas normas que contemplan que una mujer o persona gestante no debe ser sancionada cuando el aborto se comete por imprudencia, por violación o por grave peligro de muerte (únicas causales de no punibilidad contempladas en el código federal antes de la resolución) son inconstitucionales, porque siguen concibiendo al aborto como un delito y a la mujer como responsable penalmente, aun cuando no se le castigue.

El Congreso de la Unión deberá derogar las normas contenidas en el Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones, lo que significa que los organismos federales que proporcionan servicios de salud pública, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (ISSSTE) o Petróleos Mexicanos (Pemex), deberán prestar el servicio de aborto a las mujeres o personas con capacidad de gestar que lo soliciten, sin que el personal médico sea criminalizado por ello.

AÚN FALTA CAMINO

Dado que México es una república federal, la determinación de la Corte no aplica directamente a las entidades federativas en las cuales el aborto está regulado de maneras distintas, pues se sigue considerando un delito. Según el SESNSP, de 2015 a la fecha 25 personas han sido procesadas por el delito de aborto, mientras que tan sólo de enero a julio pasados se registraron más de 14 mil denuncias por violación sexual.

Aquí es donde toma importancia la estrategia impulsada por el GIRE de presentar una serie de amparos no sólo contra el ámbito federal sino también contra los locales, con el fin de lograr que el delito de aborto voluntario sea eliminado de los códigos penales estatales y no solamente regulado mediante el establecimiento de causales y excluyentes por las que no se castiga.

La base de estos amparos es una sentencia de la Corte emitida en septiembre de 2021 sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, cuando resolvió por unanimidad de diez votos “que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales”.

12 ESTADOS

Con la despenalización del aborto en Aguscalientes por vía judicial, suman 12 estados de la República Mexicana en las que las mujeres ya no pueden ser criminalizadas por interrumpir su embarazo de manera voluntaria. El GIRE ya presentó amparos contra los códigos penales de Chiapas, Puebla, Guanajuato, Querétaro, Tlaxcala, Nayarit, Nuevo León, Morelos, Michoacán, Sonora, Chihuahua, San Luis Potosí, Tabasco, Yucatán, Campeche, Durango y Jalisco, que permanecen a la espera de una resolución de la Corte.

Fotografía: cortesía Texto por Arlen Pimentel