Adiós a la publicidad electoral…de precampañas

El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) no sabe cuándo ni cómo debe ser retirada la publicidad de las precampañas, lo único que sabe es que ya no puede permanecer en la vía pública.

“Estamos en el entendido de que tiene que hacerse con celeridad, es decir, tendrían que tardarse unos cuantos días, no quiero ponerle un plazo a las delegaciones o al GDF, pero me parece importante que sí se haga rápido para garantizar la equidad en la contienda de junio”, afirmó en entrevista Pablo Lezama, consejero del IEDF.

El artículo 224 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (COIPEDF) establece el procedimiento que debe seguir el Gobierno del Distrito Federal.

“La propaganda relativa a las precampañas deberá ser retirada por el Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos, en cada una de sus demarcaciones, al día siguiente de que concluya el periodo de precampaña. La propaganda retirada de la vía pública deberá ser enviada a centros de reciclaje, acreditando mediante las constancias que éstos emiten, la entrega de dichos materiales”, establece.

A partir de este jueves 19 y hasta el 19 de abril ningún aspirante a cargo público alguno podrá colocar más publicidad en lonas, mantas, pancartas, pendones, entre otros, en la Ciudad de México.

“Sí habrá propaganda genérica de los partidos políticos, estaremos viendo spots en radio y televisión, lo que no se puede es que los precandidatos hagan campaña y llamen al voto, eso sí está prohibido”, aclaró Lezama.

El funcionario electoral aclaró que el periodo que inicia este jueves lo identifican con el nombre de ‘intercampaña’ y lo definen así porque es el tiempo en el que los aspirantes a los cargos públicos tienen prohibido invitar a los ciudadanos a votar por ellos.

Añadió que quienes eventualmente serán candidatos tendrán que mantenerse reservados, “y quizá tendrán reuniones con sus equipos para organizar de manera privada lo que ellos desplegarán como campañas más adelante, lo que no está prohibido, pero no pueden realizar propaganda electoral”.

¿Y si no cumplen?

A quienes incurran en actos anticipados de campaña, explica el consejero Pablo Lezama, les pueden ser aplicadas una serie de sanciones que de acuerdo con la ley pueden ir desde una amonestación hasta incluso la negativa del registro.

Cualquier ciudadano o partido político puede iniciar un oficio por actos anticipados de campaña, y será el Tribunal Electoral del DF quién determine si el aspirante debe ser sancionado o no.

(Mariela Sánchez)