Detenidos en marchas, ¿cómo los procesan?

Aunque hubo 31 personas detenidas por su presunta participación en disturbios el pasado 20 de noviembre, unos podrán enfrentar el proceso en libertad y otros no.

¿Por qué?

Dos factores influyeron, según explicaron abogados penalistas a este diario: a unos los detuvo la autoridad local y a otros la federal, y a unos los acusan de delitos no graves, que alcanzan fianza, y a otros no.

Los 16 detenidos en el cruce de Circuito Interior y avenida Zaragoza, cuando marchaban hacia el aeropuerto, tienen cargos por ultraje a la autoridad, portación de objetos aptos para agredir y ataques a la paz pública.

Fueron detenidos en un operativo de granaderos de la Secretaría de Seguridad Pública del DF y llevados al Ministerio Público 4 de la delegación Gustavo A Madero.

Todos los delitos están tipificados en el Código Penal del DF: el ultraje a la autoridad está contemplado en el artículo 287, consiste en insultar a una autoridad en ejercicio de sus funciones y está penado con entre seis y dos años de prisión, una multa de 20 a 100 días, pero permite enfrentar el proceso en libertad.

La portación de objetos aptos para agredir está previsto en el artículo 251 y se castiga con prisión de tres meses a tres años o entre 90 y 360 días de salario mínimo de multa.

Los ataques a la paz pública están contenidos en el artículo 362 y los responsables pueden recibir una pena de entre dos y siete años de prisión y salir bajo fianza.

Actualmente los detenidos en esos disturbios enfrentan el proceso en libertad.

Pero los detenidos en las inmediaciones del Zócalo capitalino fueron aprehendidos en un operativo conjunto entre la policía local y la policía federal. Fue esta última quien los presentó ante la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) en la Procuraduría Federal de la República (PGR).

Se les acusa de tentativa de homicidio, asociación delictiva y motín. El primer delito no alcanza fianza por estar clasificado como grave, razón por la cual los 11 detenidos no podrán enfrentar el proceso legal en libertad.

“Si durante las manifestaciones se arrojaron bombas molotov a elementos de la policía del DF, el delito que podría tipificarse es homicidio en grado de tentativa, que es un delito del fuero común. Pero si las mismas bombas fueron arrojadas contra elementos de la Policía Federal, entonces —aunque el delito es igualmente homicidio en grado de tentativa— el bien jurídico (que es la vida) es tutelado por una autoridad diferente: la federal, y como consecuencia de ello la pena es diferente”, puntualiza Adolfo Gómez Vives, analista y experto en transparencia.

La diferencia en el castigo son varios años de prisión. El artículo 307 del Código Penal Federal dice: “Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de 12 a 24 años de prisión”.

Mientras que el artículo 123 del Código Penal del Distrito Federal establece: “Al que prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a 20 años de prisión”.

Alejandro Jiménez, abogado del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, explica que el cargo de tentativa de homicidio se debió a que un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública local resultó gravemente herido.

Este medio consultó a personal de la dependencia, que confirmó que hubo dos policías que fueron intervenidos quirúrgicamente, pero están fuera de peligro.

Algunos de los detenidos no habían llegado al Zócalo cuando fueron detenidos.

Por esta razón, los familiares de los jóvenes y abogados de asociaciones de Derechos Humanos que han acompañado el proceso denuncian detenciones arbitrarias.

Miriam Pascual, de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, señala que los 11 detenidos no debieron llegar a SEIDO directamente, sino a un Ministerio Público.

LOS DETENIDOS

La PGR consignó a estas 11 personas por homicidio en grado de tentativa, asociación delictuosa y motín, tras la marcha del 20 de noviembre:

*Recluidas en el Centro Federal Femenil Noroeste, en Tepic, Nayarit

-Hillary Analí González Olguín

-Lilián Garduño Ortega o Liliana Garduño Ortega

-Tania Damián Rojas o Tania Ivonne Damián Rojas

*Recluidos en el Centro Federal de Readaptación Social No. 5 Oriente, en Villa Aldama, Veracruz

-Roberto César Jasso Del Ángel

-Ramón Domínguez Patlán

-Hugo Bautista Hernández

-Atzin Andrade González

-Juan Daniel López Ávila

-Laurence Maxwell Ilabaca

-Luis Carlos Pichardo Moreno

-Francisco García Martínez

(Luisa Cantú)