Ponen límites a “cobrones”

No hay nada más molesto que recibir una llamada telefónica a mitad de la madrugada, y escuchar del otro lado de la línea a un cobrador prepotente preguntándote sobre el pago pendiente de una deuda propia o de algún familiar.

 A todos nos ha pasado… y el sentimiento es una mezcla de impotencia y coraje.

Este tipo de llamadas son parte de los métodos casi “terroristas” aplicados por empresas de cobranza extra judicial que llevan cuentas de deudores de bancos o tiendas departamentales.

También están las cartas simulando notificaciones judiciales, o carteles y anuncios que exhiben a las personas con algún adeudo.

LIMITAR EL ACOSO

Las estrategias “terroristas” de las empresas de cobranza extra judicial son posibles debido a la falta de una regulación específica que ordene la actividad de los cobradores.

Para acabar con estos abusos, el Senado aprobó reformas a la Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Con los cambios autorizados por los senadores, se impedirá que los despachos jurídicos o contables, intimiden o exhiban públicamente en horas inconvenientes a las personas cuando tienen algún tipo de adeudo.

Primero, al establecer un horario para prohibir la cobranza extrajudicial y permitir a los deudores dormir tranquilos: de las 23:00 a las 07:00 horas.

También se restringe el envío de comunicados a terceras personas, o la elaboración de cartas que simulen ser notificaciones judiciales.

NO SE FOMENTA EL NO PAGO

El senador priista Jorge Casillas, autor de la iniciativa, explicó que la propuesta no pretende fomentar la cultura del no pago. Por el contrario, agregó, se busca que la cobranza se haga de manera respetuosa, ordenada y en términos convenientes.

“Le estamos entregando herramientas a quien realiza esta actividad para que la pueda desarrollar; es un reconocimiento que se le da a la actividad del cobro extrajudicial”.

LAS SANCIONES

Las empresas que no respeten los nuevos ordenamientos se enfrentarán a una multa cercana a 320 mil pesos (5 mil días de salarios mínimos).

Los afectados podrán denunciar a las empresas que no respeten la ley ante la CONDUSEF o la PROFECO, dependiendo si el adeudo es bancario o comercial.

¿QUÉ SIGUE?

Las reformas aprobadas en el Senado se enviarán para revisión de la Cámara de Diputados. Una vez aprobadas por ambas Cámaras, deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación para entrar en vigor.

EL CRÉDITO EN MÉXICO

51.5 Millones que poseen algún tipo de crédito.

5 Millones con atraso en tarjetas de crédito.

3 Millones está en mora por adeudos

Datos: Condusef y Buró de Crédito

LAS NUEVAS REGLAS

·      El cobrador se deberá de identificar, proporcionando al consumidor, nombre completo y empresa en la que labora o la que representa.

·      Queda prohibido el uso de documentos que aparenten  ser escritos judiciales, u ostentarse como  representantes de algún órgano jurisdiccional.

·      No se podrán enviar comunicaciones a terceros con excepción de deudores  solidarios o avales.

·      No se deberán realizar visitas ni llamadas telefónicas entre las 23:00 y las 7:00  horas.

·      Queda prohibido el uso de lenguaje obsceno o palabras altisonantes, acosar o  amenazar al establecer  comunicación con el deudor, sus familiares o compañeros  de trabajo.

·      No se deberán utilizar cartelones, anuncios o  cualquier medio impreso, en  los que se haga referencia al  adeudo.

·      No podrán comunicarse con  menores de edad y adultos  mayores, a menos que este  último se trate del  consumidor;

(MANUEL LARIOS | MÁS POR MÁS)