Preparan ley contra desapariciones forzadas en ALDF

En la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) se votará este jueves la iniciativa de Ley para prevenir, eliminar y sancionar la desaparición forzada y la desaparición por particulares en el DF.

En esta iniciativa se define el delito de desaparición forzada como el “cometido por un servidor público del DF, que de cualquier forma prive de la libertad a una o más personas, o bien, ordene, autorice, apoye, consienta o tolere que otros lo hagan, seguida de la falta de información o la negativa para reconocer la existencia de tal privación o para proporcionar información sobre su paradero o localización”.

Si se aprueba esta iniciativa, se considerará como delito de desaparición por particulares cuando esta acción la cometa una persona que no es servidor público del DF ni que actúe bajo la orden de algún funcionario capitalino.

Esta iniciativa de  ley prevé la creación del Sistema de Información de Víctimas de Desaparición, el cual estará bajo el resguardo de la Procuraduría General de Justicia, la Comisión de Derechos Humanos y la Secretaría de Seguridad Pública.

SÓLO BAJO INVESTIGACIÓN

También se contempla que la “declaración de ausencia” por desaparición forzada o por desaparición de particulares se dará únicamente cuando se haya iniciado una averiguación previa o investigación sobre la desaparición en el Ministerio Público.

Una vez admitida la demanda de declaración de ausencia por desaparición, un juez será quien deba declarar la ausencia por desaparición después de seguir todo un proceso que incluye, entre otras cosas, que se publique en los periódicos de mayor circulación en el DF, durante cinco ocasiones y con intervalos de 10 días naturales, los datos de la víctima.

Esta iniciativa también incluye un apartado para que las víctimas, directas e indirectas, reciban apoyo sicológico.

¿DE QUÉ VA LA PROPUESTA?

La iniciativa de ley que se discutirá en la ALDF propone:

*Penas de 20 a 40 años de prisión a quien cometa el delito de desaparición forzada.

*Si el delito de desaparición lo comete una persona que no ocupa cargo público, se castigará con una pena de 15 a 30 años de prisión.

*En el Distrito Federal hay 680 personas consideradas como “no localizadas”, de acuerdo con el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, (RNPED) de la Secretaría de Gobernación.

(Geovana Royacelli)