Un acta para los incasables

Si pensabas que sólo los casados pueden tener un acta que acredite legalmente su condición de pareja, ahora, en el Distrito Federal, las parejas que viven en unión libre o concubinato podrían también solicitar un documento que les otorgue derechos similares a los de un matrimonio.

Héctor Maldonado, director general del Registro Civil del Distrito Federal, comentó a MÁSDF que la Consejería Jurídica mandó a la Asamblea Legislativa una iniciativa para que se aprueben las actas de concubinato, un documento que pretende dar certeza jurídica a las parejas que viven juntas de “modo formal”, pero sin querer casarse.

“Antes, tú ibas a un juzgado cívico y levantabas un acta de barandilla que te daba una constancia de que vivías con otra persona, podía pedirse con dos años de relación. Ahora, el acta de concubinato te da no sólo la certeza para que vivas con una pareja, sino que otorga casi los mismos derechos que tiene la de matrimonio”, explicó Maldonado.

MATRIMONIO LIGHT

Pero ¿para qué quiere un papel una pareja que ha decidido no contraer matrimonio?

Actualmente, existen muchas razones por las que ellos deciden vivir juntos sin casarse: por costumbre, por no hacer fiesta, por no querer “amarrarse”, por no estar divorciados o no querer divorciarse, “porque un papel no es la base de su unión”, respondieron algunos encuestados.

En ese sentido, un acta de concubinato no tendría éxito, pero, el Registro Civil ha detectado que sí es necesaria y habría muchas parejas que irían a solicitarla.

Maldonado expone las razones: “Es casi lo mismo que un acta de matrimonio, tendrá casi la misma calidad, va a dar certeza jurídica a la pareja en la cuestión de salud, de herencia, de seguridad social, pensión alimentaria… Va a consolidar los concubinatos si es que no quieren casarse”. Y aunque parezca que es lo mismo, existen dos grandes diferencias con la de matrimonio, la primera es que si se pierde esta relación no existe la figura del divorcio, la segunda es que no hay un convenio para la sociedad conyugal o separación de bienes en el régimen.“Son ventajas y desventajas”, añade Maldonado, “para el concubinato no necesitas llevar un proceso administrativo o judicial para divorciarte y no se hace un régimen de convivencia para la repartición de bienes. Si tú quieres más certeza en estos dos campos, tienes que casarte forzosamente”.

La utilidad del documento

Este documento será importante en diversas situaciones, Maldonado ejemplificó una: “Cuando vas una institución como el IMSS, no existe algo que compruebe que, por vivir juntos, existen ya ciertos derechos.Este papel da la certeza de que se está dentro de esa calidad de concubinato y otorga derechos”.

De aprobarse esta iniciativa, tendría que entrar en vigor en el 2014, se tendría que publicar en el Gaceta Oficial del DF, actualizarse el reglamento en este tema y entraría en vigor el próximo año.

(CRISTINA SALMERÓN)