Circo sin animales, una realidad en el DF… en un año

Hoy la Gaceta Oficial del Distrito Federal publica las modificaciones a la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos, en donde prohíbe expresamente la presencia de animales en los circos.

Por lo que los empresarios circenses cuentan con un año a partir de hoy para modificar sus espectáculos y eliminar aquellos en los que participen animales de todo tipo, de lo contrario podrán hacerse acreedores a una multa que va de los 9 mil a los 12 mil días de salario mínimo.

En caso de que no acaten la prohibición serán revocados sus permisos correspondientes.

“Artículo 12. Son obligaciones de los titulares, cualesquiera que sea el lugar en que se celebre algún espectáculo público.

I. a XI. …

XI Bis. Abstenerse de presentar un espectáculo circense con animales”, señala la publicación.

DESARROLLO SOCIAL

En la Gaceta Oficial también se dan a conocer las Reglas de operación del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, que tiene como objetivo disminuir la problemática de falta de créditos a emprendedores.

Por lo que el GDF a través del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México (FONDESO), ha formulado mecanismos de apoyo financiero y no financiero, así como acompañamiento y capacitación a los usuarios en diversas áreas para el mejor desempeño de los proyectos productivos y de las empresas. Fortaleciendo los sectores industrial, comercial y de servicio

El FONDESO opera las siguientes Estrategias de Financiamiento en función de la población objetivo que busca atender: Estrategia de Financiamiento para el Emprendedor:

Estrategia de Financiamiento de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo.

b) Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

c) Estrategia de Financiamiento para personas que se hayan visto afectadas en su actividad económica por alguna contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor.

Los Productos Financieros otorgados por el FONDESO podrán ser destinados a:

a) Capital de trabajo. Adquisición de materias primas y materiales, pago de los salarios, y gastos directos de explotación indispensables para los fines de la empresa.

b) Bienes muebles y remodelaciones.- Adquisición de instrumentos, herramientas, o maquinaria, así como pago de obras de remodelaciones necesarias para el fomento de la empresa del acreditado.

c) Franquicias. Adquisición, ampliación, remodelación y mejoras de puntos de venta de establecimientos reconocidos como franquicias.

d) Certificaciones.- Pago para acceder al procedimiento por el cual se asegura, a través de una entidad u organización certificadora, que el producto o servicio cumple con los estándares de calidad Nacionales e Internacionales.

NORMAS NO INVADEN NINGUNA ESFERA DE COMPETENCIA FEDERAL

La Secretaría de Gobernación y la Consejería Jurídica Federal concluyeron que las reformas que prohiben el uso de animales en los circos no invaden ninguna esfera de competencia federal, explicó el consejero jurídico y de Servicios Legales del DF, José Ramón Amieva, quien descartó que se pueda incurrir en acciones anticonstitucionales.

El funcionario explicó que la reformas a la Ley de Espectáculos Públicos que se publicó hoy en la Gaceta Oficial del DF y que entrará en vigor dentro de un año “en ningún momento afecta la propiedad de los animales, es decir los circos podrán llegar a la Ciudad con sus animales pero éstos no podrán ser utilizados para hacer ningún tipo de espectáculo”.

Ante las amenazas de dueños de circos de ampararse ante las nuevas disposiciones, José Ramón Amieva dijo que “todo aquel que se sienta vulnerado en su esfera de garantías  podrá acudir ante los tribunales federales competentes, quien tiene en última instancia del control constitucional de la norma es la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

(JENNIFER ALCOCER MIRANDA Y GEOVANA ROYACELLI)