Multar a ciclistas aún no es un hecho: Mancera

Los ciclistas todavía pueden evitar que en el nuevo Reglamento de Tránsito del DF se impongan, por primera vez, multas económicas y arrestos administrativos por invadir los carriles exclusivos del transporte público o por transportar a un pasajero adicional en la rueda trasera de sus bicicletas, entre otros motivos de infracción, dijo el jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera.

“La primera instrucción que tienen tanto la Secretaría de Movilidad (Semovi) como la Secretaría de Seguridad Pública (SSPDF) es tener un diálogo con los grupos (de ciclistas y de motociclistas). Todavía no me han reportado que hayan terminado con estos acercamientos”, dijo.

máspormás publicó este miércoles 15 de abril que el borrador del Reglamento de Tránsito del DF, del cual se tiene una copia, establece una multa máxima de 10 días de salario mínimo, que asciende a 710 pesos, o seis a 12 horas de arresto a los ciclistas que invadan los carriles exclusivos para el uso del transporte público para pasajeros.

Este proyecto de Reglamento de Tránsito también fija sanciones por cinco días de salario mínimo, que asciende a 355 pesos, u ocho horas de arresto administrativo a los ciclistas que circulen entre carriles –cuando el tránsito no esté detenido–, cuando circulen bajo los efectos del alcohol o drogas o cuando manejen mientras sujetan aparatos, como un celular.

Mancera Espinosa refirió que cualquier versión del nuevo Reglamento de Tránsito es “un mero proyecto”, por lo que todavía se encuentra sujeto a cambios. Aún así, refirió: “Sí creo que tenemos que mejorar algunos de los lineamientos. Sí necesitamos algún avance”.

El mandatario capitalino explicó que en algunas versiones el proyecto de Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, el cual deberá estar basado en las disposiciones de la Ley de Movilidad –que fue publicada el 14 de julio de 2014– se encuentra “más cargado” en cuanto a responsabilidades a los motociclistas, otros a los ciclistas y otros a los peatones.

De acuerdo con el quinto artículo transitorio de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, los reglamentos que le deriven, como el Reglamento de Tránsito, deben expedirse en un periodo máximo de 180 días hábiles después de haberse publicado la ley. Este periodo vence el próximo 29 de abril, fecha límite para que se publique el nuevo reglamento.

(IGNACIO GÓMEZ)