Si te embarazas… que te lo paguen

Hasta las estrías en la piel, la ropa de maternidad y la caída de cabello y manchas en el rostro son un costo del embarazo.

En promedio, las mujeres llegan a gastar más de 13 mil pesos en estudios y consultas, medicamentos y ropa y tratamientos, a lo que hay que sumar el propio nacimiento del bebé.

Así lo plantea el perredista Alejandro Robles en la iniciativa de reforma que promueve para que las madres puedan exigir pensión alimenticia desde que sus hijos crecen en el vientre.

“La mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al presunto progenitor con la prueba sumaria de la filiación alegada”, se lee en la adición que se plantea al artículo 303 del Código Civil para el Distrito Federal.

De acuerdo con Robles, algunos de los cambios que la situación implica son la transformación del cuerpo, la pérdida de la movilidad, la vulnerabilidad, el aumento de peso y talla, la pérdida de nutrientes y la necesidad de ir con regularidad a un médico especialista.

“Actualmente, en los casos en donde el procreador no se hace responsable, todos los gastos que implican las necesidades antes expuestas quedan totalmente a cargo de la mujer, quien puede reclamar alimentos solamente después del nacimiento a falta de una norma que haga permisible la demanda de alimentos desde la gestación”, argumenta el legislador.

El objeto de la iniciativa, según él, es garantizar a la mujer la contribución económica del procreador en el periodo de gestación, que se convierta en el futuro en una garantía de buena salud y óptimo desarrollo.

“Esa responsabilidad reclamada en algunos casos a partir del nacimiento a través de las pensiones alimenticias, debe exigirse al padre desde la concepción, a través de un instrumento jurídico que lo sustente y evitar un enfoque paternalista en donde el Estado asuma esta responsabilidad, que está claramente establecida en el Código Civil”, añadió Robles.

Los cambios

Además de la mencionada adición al artículo 303 del Código Civil, en ese mismo apartado se especificará que la mujer no estará obligada a devolver los alimentos percibidos cuando haya abortado naturalmente o no resulte cierto su embarazo, siempre que no haya existido simulación.

Por otro lado, el deudor alimentario que no sea el padre, en caso de que la mujer sí simule el embarazo, tendrá derecho de pedir la indemnización por los montos pagados por la presunción de su paternidad, además de daños y perjuicios.

También se especifica, en una adición al 311, que los menores, las personas con discapacidad y la mujer que se dedique exclusivamente al hogar, también gozarán de la presunción de necesitar alimentos.

Las modificaciones al Código Civil contemplan que si el concebido muere en el vientre materno o luego del parto, la protección a la madre subsistirá por un periodo no mayor a doce meses contados a partir de la muerte.

Los gastos del embarazo

Según datos de Profeco, que presenta Robles en su iniciativa, estos son algunos de los gastos promedio de las mujeres embarazadas.

-Pruebas de embarazo – 281.78 pesos

-Análisis clínicos – 1, 401 pesos

-Complementos alimenticios y medicamentos- 2 mil 926

-Ropa y tratamientos para la piel – 4 mil 301 pesos

-Parto normal – Entre 5 mil y 26 mil pesos

-Cesárea – 8 mil 500 a 33 mil 800 pesos

(MArcela Nochebuena)